Policiales: Resuelven responsabilidad compartida en un accidente fatal en ruta 12

19/06/2025 | 470 visitas
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Se resolvió que tanto la conductora del auto como el camionero fallecido tuvieron responsabilidad.


La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes resolvió modificar parcialmente un fallo de primera instancia y atribuyó responsabilidad compartida en partes iguales (50%) a los dos conductores involucrados en un accidente ocurrido en 2017 sobre la Ruta Nacional Nº 12, en inmediaciones de Empedrado. En el hecho falleció un hombre que manejaba un camión e intentó evitar un choque tras una maniobra de una automovilista.

El tribunal —integrado por las juezas Rosana Ester Magan y Luz Gabriela Masferrer, con la presidencia de María Beatriz Benítez— resolvió el expediente en el marco de un recurso de apelación interpuesto por la demandada y se consideró que hubo culpa compartida determinando que el freno imprudente de la automovilista y la falta de control del vehículo mayor fueron claves en la tragedia.
De esta manera se modificó una condena por el choque y se resolvió que la automovilista que frenó en plena ruta y la víctima que no pudo evitar la colisión, tuvieron la misma responsabilidad. La indemnización y las costas deberán recalcularse.
Los hechos
Según lo acreditado en la causa, el 22 de noviembre de 2017, alrededor de las 18 horas, un hombre conducía un camión Ford con acoplado cuando, ante una maniobra sorpresiva del automóvil que circulaba adelante —un Chevrolet Astra conducido por una mujer —, intentó esquivarlo, colisionó primero con una camioneta S10 y luego se desvió hacia el carril contrario, donde impactó de frente con otro camión.
En primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial de Saladas había condenado exclusivamente a la automovilista y a su aseguradora al pago de una indemnización a los padres del conductor fallecido. Sin embargo, tanto la conductora como la compañía aseguradora apelaron esa decisión, cuestionando la atribución de responsabilidad y el cálculo de los daños.
Se resolvió que no fue culpa de una sola persona: tanto la conductora del automóvil como el chofer del camión contribuyeron al desenlace y por ello la indemnización deberá ajustarse al nuevo criterio de responsabilidad compartida.
Los fundamentos
La jueza Rosana Magan, quien votó en primer término, consideró que la causa del accidente no podía atribuirse exclusivamente a la maniobra de la demandada, sino que debía analizarse en un contexto más amplio. Si bien validó que la automovilista aminoró o se detuvo imprudentemente en plena ruta, también valoró que el camionero no logró mantener el dominio de su vehículo ni la distancia reglamentaria en una zona de velocidad reducida.
"Ambas partes desplegaron conductas antijurídicas y reprochables a título de culpa, que contribuyeron causalmente a la producción del resultado", afirmó la magistrada.
Y agregó: "La falta de dominio embistente, así analizada, acota su enfoque a un plano meramente físico del evento, siendo lo que aquí interesa la investigación fáctica y jurídica del accidente en todo su contexto".
Sobre esa base, la Cámara resolvió establecer culpa concurrente en un 50% para cada parte: por un lado, la demandada, que realizó una maniobra riesgosa al detenerse o reducir su velocidad en plena ruta nacional, y por el otro, la víctima, que no pudo controlar su rodado ni guardar la distancia exigida por ley.
La jueza Luz Gabriela Masferrer, quien votó en segundo término, adhirió íntegramente al voto de su colega Magan, constituyendo la mayoría del tribunal.


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